VTV y RTO 2026: los plazos nuevos y dónde hacerla ahora
El sistema de revisión técnica se reformó en tres tiempos entre 2025 y 2026: cambiaron los plazos, se abrió quién puede hacerla y se liberaron los precios. Esto es lo que aplica a una flota.
Actualizada el 4 de agosto de 2026
Para vehículos afectados al transporte de carga y de pasajeros, la revisión técnica tiene una vigencia de 12 meses, con hasta 12 meses de gracia desde el patentamiento para la primera. No es semestral, aunque vas a leer lo contrario en varios lados.
Las tres normas que cambiaron el sistema
Conviene separarlas, porque en las noticias aparecen mezcladas y cada una hizo algo distinto:
| Norma | Qué hizo |
|---|---|
| Decreto 196/2025 | Reformó el artículo 34 del decreto reglamentario de la Ley de Tránsito y reconfiguró los plazos de la revisión técnica. Publicado el 18/03/2025. |
| Decreto 139/2026 | Rechazó el reclamo administrativo contra la reforma y ratificó su vigencia. Publicado el 09/03/2026. |
| Resolución 32/2026 | Abrió el Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica: público, gratuito y digital, vía Trámites a Distancia (TAD). Publicada el 03/06/2026. |
Los plazos, por tipo de vehículo
| Vehículo | Primera revisión | Después |
|---|---|---|
| Particular 0 km | A los 60 meses del patentamiento | Cada 24 meses |
| Particular hasta 10 años | — | Cada 24 meses |
| Particular de más de 10 años | — | Cada 12 meses |
| Carga y pasajeros | Hasta 12 meses del patentamiento | Cada 12 meses |
Los plazos son del régimen nacional. Las jurisdicciones administran su propio sistema de VTV y pueden aplicar exigencias adicionales según el servicio y la antigüedad, así que confirmá en la tuya antes de planificar el calendario del año.
Dónde se puede hacer ahora
Este es el cambio más concreto para el día a día. Con la Resolución 32/2026, cualquier taller que acredite capacidad técnica y se inscriba en el registro puede realizar la revisión, incluidas concesionarias e importadores. Y puede hacerla sobre todo tipo de vehículo —particular o comercial, de carga o de pasajeros, antiguo o especial— sin importar la jurisdicción donde el taller esté radicado.
La inscripción de los talleres es por TAD y el registro es público, así que se puede verificar antes de llevar la unidad. Las plantas que ya venían operando siguen funcionando. El Estado se quedó con el control de estándares y la emisión de documentación: los precios son libres, lo que por primera vez hace que cotizar tenga sentido cuando tenés que pasar diez camiones.
La revisión se acredita con el Certificado de Revisión Técnica (CRT), que el taller informa a la Secretaría de Transporte para incorporarlo a su base.
Dos cosas que vas a leer por ahí y no son así
1. «Ahora para camiones es semestral»
Es el régimen viejo. Varios medios lo repitieron al cubrir la reforma, pero el esquema vigente fija 12 meses para vehículos de carga y pasajeros. La confusión viene de que ese sector históricamente tuvo periodicidad semestral en algunas jurisdicciones, y sigue habiendo exigencias locales.
2. «El Decreto 689/2026 cambió la VTV»
No. Ese decreto, del 31 de julio de 2026, sustituye el Anexo R del decreto reglamentario: pesos, dimensiones y configuraciones vehiculares, con longitudes mayores para unidades a GNC y eléctricas. Le importa a una flota de carga —pero por el lado de qué podés poner en la calle, no de cada cuánto la revisás.
Qué hacer con esto si tenés flota
Tres consecuencias prácticas:
- La revisión vence por unidad, no por empresa. Con plazos distintos entre particulares y afectados a transporte, y unidades patentadas en años distintos, no hay una fecha del año para «hacer la VTV de la flota».
- Ahora se cotiza. Con precios libres y más oferta habilitada, conviene comparar antes de mandar todo al mismo lugar por costumbre.
- El CRT es el comprobante. Guardalo con la unidad, no en el cajón de la oficina: es lo que te piden en el control.
Empezar gratis — hasta 5 vehículos
Cómo funciona por dentro: el módulo de control documentario · el de mantenimiento.
⚠ Esta guía es orientativa y se apoya en las normas nacionales citadas. La VTV la administra cada jurisdicción y puede tener requisitos propios. Verificá en tu provincia antes de tomar una decisión.
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